Formalización
TTGH cuenta con letrados que preparan la minuta, coordinan el acto de la firma y, en su caso, asisten a la firma.

La formalización de escrituras incluye el examen de la documentación previa necesaria para la firma de una operación hipotecaria, el estudio de la situación de cargas reales del inmueble, el análisis del estado civil de los otorgantes y de la suficiencia de poderes, así como la comprobación de la existencia de certificados (del administrador de la finca sobre cargas de la comunidad de vecinos, del presidente de la cooperativa en caso de renuncia al derecho de tanteo y retracto de los cooperativistas, de los arquitectos en caso de obra nueva, etc.).

Nuestros clientes pueden beneficiarse de las ventajas operativas que TTGH les presenta a través de la formalización de escrituras, permitiéndoles disminuir sus costes fijos y reduciendo el número de incidencias en la calificación del registrador.

La Formalización de escrituras se realiza en base a las condiciones ya aprobadas por el departamento de riesgos, que nos facilita la propia entidad.

Procedimiento:
Una vez obtenida la documentación complementaria necesaria (Certificado de Tasación, Póliza del Seguro, Nota Simple Actualizada, etc.) para elaborar la minutas utilizaremos el siguiente procedimiento:
Recepción en nuestras delegaciones del documento formalizado de Condiciones Particulares de cada operación hipotecaria que se va a firmar.
Examen de dicho documento, cotejando que los criterios generales que la entidad ha proporcionado se recogen debidamente, y que las variaciones que puedan existir tienen la correspondiente autorización.
Disponiendo del modelo de minuta, siempre proporcionado por la Asesoría Jurídica de la Entidad, se elaborará el contrato que deba ser elevado a escritura pública de acuerdo con este y reflejando las modificaciones específicas de cada operación tal como se comunica en el Documento de Condiciones Particulares.
Comunicación a Asesoría Jurídica de aquellos datos que puedan implicar modificación en las minutas para que indiquen la forma de proceder.
Envío de la Minuta a la Notaría designada.
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